Cuando se detiene a una persona, ya sea en las fronteras del Reino Unido o mediante arresto y registro domiciliario, la policía suele hacer uso de sus poderes para incautar teléfonos, tabletas, ordenadores, tarjetas de memoria y tarjetas SIM, y conservarlos para tratar de extraer información. Este procedimiento equivale a un «cacheo digital» por parte de los agentes de policía. El procedimiento de extracción se lleva a cabo con programas informáticos desarrollados por empresas como la israelí Cellebrite, utilizados por varias fuerzas policiales de alrededor del mundo para desbloquear teléfonos inteligentes y extraer datos.
La policía británica está haciendo uso del Anexo 7 de la Ley de Terrorismo para incautar dispositivos en las fronteras del Reino Unido. El Anexo 7 entró en vigor como parte de la Ley de Terrorismo del Reino Unido en el año 2000 y permite a la policía detener a las personas a su llegada o salida del Reino Unido e interrogarlas para determinar si pueden estar implicadas en la preparación de actos terroristas. A diferencia de otros poderes de interrogatorio policial, en virtud del Anexo 7 es ilegal responder «sin comentarios» o no responder. Las personas pueden ser detenidas, procesadas y encarceladas si se niegan a dar una respuesta.
Aunque -en teoría- las preguntas tienen que estar relacionadas con la investigación del terrorismo, en realidad se ha preguntado a las personas sobre una serie de temas no relacionados con las organizaciones «terroristas» proscritas. Por ejemplo, se ha interrogado a personas sobre sus creencias religiosas, su vida personal, su participación en protestas y su organización política. En virtud del Anexo 7, la policía también está facultada para confiscar dispositivos electrónicos y exigir contraseñas, y está facultada para detener a las personas que no los faciliten.
Según Kevin Blowe, coordinador de Network for Police Monitoring (Netpol):
“El mayor uso que se da del Anexo 7 es, sin duda, contra los musulmanes con opiniones políticas, especialmente en cuestiones de política exterior o de seguridad. Es un poder policial fundamentalmente islamófobo. Sin embargo, como herramienta, este poder se dirige a la vigilancia de cualquier persona cuya política tenga la imaginación de mirar más allá de las fronteras: así, la solidaridad con los migrantes o las luchas independentistas, como la de los palestinos o los kurdos. Esto también implica reuniones de activistas de diferentes países que rechazan el papel del capitalismo en las soluciones al cambio climático, los conflictos o la pobreza global. Por eso es imposible ver el uso del Anexo 7 como algo distinto a una flagrante labor de policía política”.